03/08/2020-
REGISTRO PARA CAMIONES QUE TRANSPORTAN HACIENDA
Registro para camiones que
transportan hacienda
Por criterio online – 3 agosto, 2020
A partir del mes de
agosto se implementa el registro de camiones de transporte de hacienda. Se
solicita a los transportistas que pasen por la oficina de Marcas y Señales,
Quadri y Alem, para retirar sus correspondientes formularios y se les asigne un
número de registro. Se pueden comunicar al 443734, al celular 02245 15505927 o
al mail marcasysendolores@gmail.com.
La Ley 10.891,
sancionada en la Provincia de Buenos Aires, en su Artículo 10º establece la obligatoriedad
de identificar las unidades destinadas al transporte de animales vivos con los
datos catastrales del partido donde los vehículos se encuentran radicados.
Además, el Artículo 11º establece que los Municipios de todos los Partidos de
la Provincia d Buenos Aires, deberán habilitar un registro para otorgar los
números de orden distrital para cada Transporte de Hacienda.
Para mayor información,
se transcriben los textos completos de ambos artículos:
ARTÍCULO 10º: Los
transportes de hacienda, sean éstos jaulas, acoplados o chasis, llevarán las
siguientes identificaciones:
A) En
la parte superior lateral de ambos lados, y en forma longitudinal, el nombre
del Partido donde se encuentran radicados los mismos, en forma bien visible.
B) Llevarán
en el techo de la cabina, en su parte exterior, el número de catastro
correspondiente al Partido donde se encuentra radicado el vehículo, en números
grandes, que sean visibles desde un helicóptero, como así también un número de
orden distrital identificatorio, el cual será puesto en la parte exterior de la
tabla que en forma longitudinal atraviesa la jaula, chasis o acoplado, y que
normalmente se utiliza para recorrer la hacienda desde esa parte superior, con
el objeto de que en caso de robo se pueda detectar desde el aire la ubicación o
seguimiento del transporte robado.
ARTÍCULO 11º: Las
Municipalidades de todos los Partidos de la Provincia de Buenos Aires,
habilitarán un Registro especial, para otorgar los números de orden distrital
de cada Transporte de Hacienda, y en el mismo constarán todos los datos del
vehículo; para dar así cumplimiento a lo estipulado en el artículo 10º de la
presente Ley.
De acuerdo a gestiones
llevadas a cabo por Oscar Farinelli, Coordinador de Seguridad de FADEEAC, con
la Dra. Edith Rivero, Directora de Gestión Legal y Coordinación Normativa del
Ministerio de Agroindustria y con el Superintendente de Delitos Rurales de la
Policía de la Provincia de Buenos Aires, ambos funcionarios hacen saber que el
alcance de la aplicación de la Ley es para el Transporte de Hacienda patentado
en la Provincia de Buenos Aires, por lo que los formularios de infracción al
transporte de otras provincias son inaplicables.
Por todo lo
anteriormente expuesto, informamos a los transportistas de Hacienda, que no
podrán ser infraccionados en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires,
aquellas unidades que no estén patentados en dicha provincia, por aplicación de
la Ley 10.891
Link: https://www.diariocol.com/2020/08/03/registro-para-camiones-que-transportan-hacienda/
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